IMPLEMENTING HUMAN RIGHTS IN CLOSED ENVIRONMENTS THROUGH THE UNITED NATIONS CONVENTION AGAINST TORTURE
Palabras clave:
Convention against Torture, Committee against Torture, Human Rights Obligations, Human Rights Implementation, Closed EnvironmentsResumen
Los entornos cerrados plantean un gran desafío para la implementación completa y efectiva de las normativas y convenciones de derechos humanos. Sin embargo, muchas convenciones contienen dispositivos cuales pueden ser utilizados para seguir desarrollando la implementación de los derechos humanos en esos entornos cerrados. La Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes de las Naciones Unidas (la Convención) disfruta de varios dichos dispositivos que desempeñan un papel importante en el cumplimiento e implementación de las obligaciones de derechos humanos. Además de la creación del Comité contra la Tortura (el Comité), la Convención también proporciona estructuras para: informes y observaciones finales de los Estados Partes conforme al artículo 19; investigaciones estatales según el artículo 20; comunicaciones interestatales bajo el artículo 22; y comunicaciones individuales conforme al artículo 22. Estos mecanismos pueden apoyar a la comunidad internacional en su labor hacia la superación de las dificultades respecto a la implementación de los derechos humanos en los entornos cerrados. Este artículo presenta una breve descripción del Comité contra la Tortura y sus métodos de supervisión y seguimiento con el propósito de identificar las contribuciones de este órgano del tratado a la implementación de derechos humanos en los entornos cerrados.
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